La identificación de bovinos ya es obligatoria en toda Colombia
El 7 de julio de 2026, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural expidió la Resolución 000219 de 2026, la norma que establece la obligatoriedad de la identificación de bovinos y bufalinos con el Dispositivo de Identificación Nacional (DIN) en todo el territorio nacional.
Es el cambio regulatorio más importante para la ganadería colombiana en más de una década. Hasta ahora, la identificación individual obligatoria solo aplicaba en zonas de frontera; con esta resolución, todos los ganaderos del país deberán identificar sus animales de forma individual, con un dispositivo visual y uno electrónico RFID, y registrar esa información en el SINIGAN.
En esta guía te explicamos qué exige la resolución, cuáles son las etapas y plazos, qué características deben cumplir los dispositivos y qué debes hacer para cumplir sin contratiempos.
¿Qué establece la Resolución 000219 de 2026?
La resolución tiene un objeto claro (Artículo 1): establecer las condiciones de obligatoriedad de la identificación de bovinos y bufalinos con el Dispositivo de Identificación Nacional (DIN) y la gradualidad de su implementación en el territorio nacional.
Aplica a todas las personas naturales o jurídicas que, a cualquier título, sean responsables de animales de las especies bovina y bufalina en Colombia (Artículo 2). Es decir: propietarios, tenedores, administradores de fincas, comercializadores y en general cualquier responsable de ganado.
La norma deroga las Resoluciones 380 de 2012, 381 de 2012 y 447 de 2014, que regían el esquema anterior de identificación por zonas.
¿Qué es la identificación según la resolución?
El Artículo 3 define la identificación como el proceso mediante el cual se asigna una identidad única e irrepetible a cada bovino o bufalino utilizando:
- Un (1) dispositivo de identificación visual individual — la orejera tipo paleta con el número impreso.
- Un (1) dispositivo electrónico con tecnología RFID — la orejera tipo botón con transpondedor electrónico.
Los datos de ambos dispositivos se registran en el Sistema Nacional de Identificación e Información del Ganado Bovino (SINIGAN), garantizando trazabilidad individual desde el nacimiento hasta el consumo final.
Este conjunto de dispositivos es lo que la norma llama DIN: Dispositivo de Identificación Nacional. Si quieres conocer en detalle sus componentes y especificaciones técnicas, lee nuestra guía sobre qué es el DIN y cómo está compuesto.
Las 4 etapas de implementación
La implementación es gradual y progresiva (Artículo 4), en cuatro etapas:
| Etapa | Qué se hace |
|---|---|
| Primera | Registro y validación del responsable de los animales |
| Segunda | Registro Sanitario de Predios Pecuarios (RSPP) e incorporación al SINIGAN |
| Tercera | Validación y conciliación de los inventarios de bovinos y bufalinos |
| Cuarta | Identificación obligatoria individual de los animales según categoría etaria |
Las tres primeras etapas tienen un plazo inicial de 3 meses contados desde la entrada en vigencia de la resolución (T-0).
Cronograma por categoría etaria
La cuarta etapa —la identificación individual con DIN— se realizará de acuerdo con las categorías etarias de los animales (Artículo 5), en un cronograma gradual que se extiende hasta 25 meses:
- Crías de 4 a 12 meses
- Hembras de 1 a 5 años
- Machos mayores de 1 año
- Hembras mayores de 5 años
Esto significa que la obligación no llega de golpe para todo el hato: cada categoría tiene su ventana de implementación. Pero el mensaje es claro: todos los animales del país terminarán identificados individualmente.
¿Quién paga los dispositivos DIN?
Este es uno de los cambios más importantes frente al esquema anterior. El Artículo 8 establece que los DIN serán adquiridos y costeados por los responsables de los animales, a través de proveedores, comercializadores o distribuidores autorizados por el ICA.
En los planes piloto anteriores el Estado asumía el costo de los dispositivos. Con la Resolución 000219, el ganadero compra sus propios dispositivos a proveedores autorizados. Por eso es fundamental elegir dispositivos que cumplan todas las especificaciones técnicas — un dispositivo que no cumpla el estándar no sirve para el registro oficial.
Sin identificación no hay movilización
El Artículo 9 es el que tiene consecuencias más directas en la operación diaria: los bovinos y bufalinos que deban estar identificados según el cronograma y no lo estén, no podrán obtener la Guía Sanitaria de Movilización Interna (GSMI).
Sin GSMI, la movilización del animal queda restringida: no se puede transportar legalmente a subastas, ferias, plantas de beneficio ni a otros predios. Además, movilizar animales sin cumplir el requisito da lugar a medidas sanitarias y administrativas, sin perjuicio de las sanciones aplicables.
Las sanciones por incumplimiento las impone el ICA conforme al artículo 157 de la Ley 1955 de 2019 y el artículo 17 de la Ley 395 de 1997 (Artículo 13).
¿Qué características deben cumplir los dispositivos?
Las condiciones técnicas de los DIN están definidas en el estándar nacional (Resolución 140 de 2022, que adopta el reglamento de trazabilidad bovina). Los requisitos principales:
- Orejera electrónica tipo botón con RFID: debe contar con certificación Full ICAR vigente y estar en el listado oficial de dispositivos RFID aprobados por ICAR con su código de manufactura.
- Orejera visual tipo paleta: debe contar con acreditación ICAR vigente de dispositivos visuales.
- Color: predominantemente amarillo (Pantone 102, Pantone 108 o Process Yellow).
- Impresión láser del Código Individual de Identificación (CII) sobre termoplástico de poliuretano.
- Inviolabilidad: el mecanismo de cierre no permite retirar y reutilizar el dispositivo sin dejar evidencia.
- Durabilidad y retención: más del 99% de los dispositivos deben permanecer inalterados al primer año, con retención igual o superior a 2 años.
- Marcación del fabricante: cada pieza debe llevar impreso el logotipo del fabricante y la fecha de producción.
La certificación ICAR es el corazón del estándar: es la garantía internacional de que el dispositivo funciona y dura. Te explicamos todo en nuestra guía sobre la certificación Full ICAR y cómo verificarla.
¿Qué pasa con los animales ya identificados?
Si tus animales ya fueron identificados individualmente con DIN bajo el régimen anterior (por ejemplo, en zonas de frontera), la resolución los reconoce: se entienden identificados y solo debes realizar la respectiva actualización en el SINIGAN (Artículo 7).
Qué debes hacer hoy como ganadero: checklist
- Verifica tu registro como responsable de animales ante el SINIGAN (primera etapa).
- Confirma el Registro Sanitario de Predios Pecuarios (RSPP) de tu finca y su incorporación al sistema (segunda etapa).
- Concilia tu inventario ganadero: cuántos animales tienes, en qué categorías etarias. Una app de inventario ganadero te permite tener este dato al día en segundos.
- Planifica la compra de dispositivos DIN que cumplan el estándar: orejera visual + botón RFID con certificación Full ICAR.
- Prepara la lectura electrónica: necesitarás un lector RFID para leer los dispositivos, verificar números y asociar cada animal a su historial.
- Digitaliza tu trazabilidad: la identificación oficial es la base, pero el valor real está en asociar cada animal identificado a su historial de pesajes, vacunas y eventos. Eso es lo que hace Identigan.
Identigan: listos para la nueva era de la identificación obligatoria
En Identigan somos especialistas en identificación electrónica de ganado en Colombia desde antes de que fuera obligatoria. Contamos con:
- Orejeras electrónicas tipo botón RFID con certificación Full ICAR, que cumplen las especificaciones técnicas del estándar nacional: tamaño, material, impresión láser, inviolabilidad y desempeño de lectura.
- Orejeras visuales tipo paleta que cumplen los requisitos de acreditación ICAR, color e impresión.
- Lectores RFID compatibles con el estándar ISO 11784/11785 para leer los dispositivos en campo.
- App ganadera que asocia cada animal identificado a su historial completo: la trazabilidad que exige la norma, más la información productiva que necesita tu negocio.
Si eres ganadero, asociación, comercializador o entidad del sector y quieres prepararte para la implementación de la Resolución 000219, contáctanos. Te asesoramos sobre dispositivos, lectores y el proceso completo de identificación.
Visita nuestra página dedicada a la Resolución 219 y los dispositivos DIN para conocer los productos disponibles.
Preguntas frecuentes
¿Desde cuándo es obligatoria la identificación de bovinos en Colombia?
La Resolución 000219 fue expedida el 7 de julio de 2026 y rige a partir de su publicación en el Diario Oficial. Desde esa fecha (T-0) corren los plazos: 3 meses para las etapas de registro, y un cronograma gradual de hasta 25 meses para la identificación individual según categoría etaria.
¿Aplica para todos los ganaderos o solo zonas de frontera?
Aplica en todo el territorio nacional, a toda persona natural o jurídica responsable de bovinos o bufalinos. El esquema anterior por zonas (Resoluciones 380 y 381 de 2012) quedó derogado.
¿Qué es el DIN?
El Dispositivo de Identificación Nacional: el conjunto de una orejera visual tipo paleta y una orejera electrónica tipo botón con RFID que porta cada animal, con un Código Individual de Identificación único registrado en el SINIGAN.
¿Quién vende los dispositivos DIN?
Proveedores, comercializadores y distribuidores autorizados por el ICA. Los dispositivos deben tener certificación ICAR (Full ICAR para el electrónico). El ICA está estructurando el proceso de autorización de proveedores; en Identigan ya contamos con dispositivos que cumplen las especificaciones técnicas del estándar.
¿Qué pasa si no identifico mis animales?
No podrás obtener la Guía Sanitaria de Movilización Interna (GSMI), por lo que la movilización de tus animales quedará restringida. Además, el ICA puede imponer las sanciones previstas en la Ley 1955 de 2019 y la Ley 395 de 1997.
¿El microchip inyectable sirve como DIN?
El DIN oficial definido por el estándar nacional se compone de orejera visual + orejera botón RFID (o bolo ruminal como dispositivo electrónico). El microchip inyectable sigue siendo una excelente herramienta de identificación interna para tu finca —se implanta en la base de la cola del bovino—, pero para el registro oficial en SINIGAN se usan los dispositivos DIN aprobados.
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